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La Ley Fundamental así lo reconoce en su artículo 21, según el cual «Los partidos cooperarán en la formación de la voluntad política del pueblo. Su creación será libre. Su organización interna deberá responder a los principios democráticos. Los partidos deberán dar cuenta públicamente de la procedencia y empleo de sus recursos, así como de su patrimonio».
Los partidos en el Bundestag.
Desde los primeros comicios generales de la Alemania
unida, celebrados en 1990, están representados en el Bundestag (Parlamento
Federal) seis partidos. Son los siguientes: La Unión Cristiano-demócrata
(CDU), el Partido Social-demócrata de Alemania (SPD), el Partido
Liberal Democrático (F.D.P.), la Unión Cristiano-social (CSU),
el Partido del Socialismo Democrático (PDS) y la Alianza 90/Los
Verdes. La CDU no tiene representación en Baviera, mientras que
la CSU sólo se presenta en Baviera. En el Bundestag la CDU y la
CSU constituyen un solo grupo parlamentario. SPD, CDU, CSU y F.D.P. surgieron
entre 1945 y 1947 en los Estados Federados occidentales. El SPD, partido
antiguamente votado sobre todo por trabajadores, se refundó con
el mismo nombre que había tenido hasta 1933, cuando fue prohibido
por el régimen hitleriano. Los demás partidos eran formaciones
nuevas. Los partidos CDU y CSU, de inspiración cristiana, se dirigieron
– a diferencia del antiguo Partido de Centro Católico de la República
de Weimar – a los electores de las dos confesiones cristianas. El F.D.P.
entroncó en su línea programática con la tradición
del liberalismo alemán.
Estos cuatro partidos han experimentado desde su fundación hace más de cuatro decenios importantes transformaciones. A nivel federal todos ellos han formado en alguna ocasión coaliciones entre sí o bien han actuado como oposición. Hoy se consideran partidos populares, que representan a todos los estratos de la población. Todos ellos tienen una ala derecha y una ala izquierda, lo cual refleja la diversidad de posiciones propia de un partido popular.
De 1983 a 1990 también estuvo representado en el Bundestag el partido de «Los Verdes». Esta formación, que primeramente agrupó a enemigos de la energía nuclear y grupos de protesta con tendencias pacifistas, se había fundado a nivel federal en 1979 y paulatinamente iría entrando en varios parlamentos regionales. El partido surgió de un movimiento ecologista radical. En las elecciones al Bundestag de 1990 los Verdes no obtuvieron el porcentaje mínimo del cinco por ciento exigido para entrar en el Parlamento. Sin embargo, sí obtuvo representación parlamentaria la Alianza 90, agrupación que formó una sola lista con los Verdes y solo se presentó en los nuevos Estados Federados. Ambos partidos se fusionaron en una nueva formación, «Alianza 90/Los Verdes», que obtuvo representación parlamentaria en 1994. En 1998 volvió a ser el cuarto partido más votado, por delante del F.D.P., y constituyó con el SPD la nueva coalición de gobierno; el Ministro Federal de Relaciones Exteriores y por tanto Canciller Federal Suplente pertenece al partido Alianza 90/Los Verdes.
El PDS sucede al antiguo Partido Unitario Socialista (SED) de la desaparecida RDA. En la Alemania unida no consiguió establecerse como fuerza política de relieve. Al igual que la lista única Alianza 90/Verdes, en 1990 el PDS sólo consiguió entrar en el Bundestag gracias a una norma especial para los partidos de los nuevos Estados Federados (la cláusula del cinco por ciento se aplicó por separado en los nuevos Estados Federados y en los antiguos). En las elecciones generales de 1994 el PDS logró entrar en el Bundestag gracias a cuatro mandatos directos obtenidos en Berlín. En 1998 volvió a obtener el mismo número de mandatos directos, pero al mismo tiempo rebasó la barrera del cinco por ciento y por consiguiente al canzó el status de grupo parlamentario.
La cláusula del cinco por ciento.
De los 36 partidos que se presentaron a las primeras
elecciones generales al Bundestag en 1949, en el Parlamento elegido en
1990 sólo quedaban cuatro. Esta concentración se debe en
primer lugar a la cláusula de bloqueo introducida en 1953 y ampliada
en 1957. En virtud de la misma sólo obtienen representación
parlamentaria aquellos partidos que hayan conseguido al menos el cinco
por ciento de los «segundos» votos (vid. sistema electoral)
válidamente emitidos o tres mandatos directos.
La Corte Constitucional Federal ha sancionado expresamente esta cláusula. El propósito de esta norma era evitar una excesiva fragmentación del arco político, como sucediera en la República de Weimar, y dotar al Bundestag Alemán de mayorías operativas para gobernar.
A nivel de los Estados Federados (Länder) la cláusula de bloqueo no se aplica a las minorías nacionales. Por ejemplo, la Asociación de electores del Sur de Schleswig, que representa a la minoría danesa, tiene un diputado en el parlamento de SchleswigHolstein a pesar de que esta formación no reúne el cinco por ciento de los votos. Las elecciones a nivel de distrito y municipal presentan a veces notables diferencias respecto a las elecciones a escala federal y de Land. Ello es así porque los llamados «partidos de ayuntamiento» a menudo desempeñan, en cuanto agrupaciones libres de electores, un importante papel.
El sistema electoral.
En todas las elecciones a los diversos órganos
representativos se vota por sufragio universal, directo, libre, igual y
secreto. Tienen derecho de sufragio activo todos los alemanes mayores de
18 años que se encuentren en el territorio nacional como mínimo
desde tres meses antes de los comicios y no estén excluidos del
derecho de voto; los alemanes residentes en el extranjero también
pueden votar si cumplen determinadas condiciones. Por principio es elegible
toda persona que posea la nacionalidad alemana desde al menos hace un año,
tenga cumplidos 18 años el día de la elección, no
esté excluida del derecho de sufragio activo y no haya perdido por
resolución judicial el derecho a ser elegido o la capacidad para
ejercer cargos públicos («derecho de sufragio pasivo»).
No existen elecciones intermedias. Los candidatos por lo general son designados
por los partidos, pero se admiten candidaturas independientes. El sistema
electoral seguido en los comicios al Bundestag Alemán puede definirse
como combinación del sistema mayoritario con el proporcional (sistema
proporcional personalizado). Todo elector tiene dos votos. Con el primero
vota de forma directa a un candidato de su circunscripción electoral,
a cuyo efecto se aplica el sistema mayoritario relativo: el candidato que
obtiene el mayor número de votos sale elegido. Con el segundo voto
el elector vota a los diputados que obtienen un escaño en el Parlamento
a través de las llamadas listas regionales o de Land presentadas
por los partidos.
Los votos obtenidos en las distintas circunscripciones y los votos a las listas a nivel de Land se computan de tal manera que el reparto de escaños en el Bundestag responde prácticamente a la proporción de los votos obtenidos por los distintos partidos. Si un partido ha alcanzado en las circunscripciones electorales más votos directos de los que le corresponderían por la proporción de los votos obtenidos, conserva esos escaños restantes sin que se proceda a un ajuste de la representación de los demás partidos. En estos supuestos el Bundestag tiene más diputados de los 656 previstos por la Ley; en la actualidad son 669.
El régimen electoral vigente tiene por objeto garantizar, a través de las listas de Land, que todos los partidos estén representados en el Parlamento en proporción a los votos obtenidos y por otra parte le ofrece al ciudadano, a través de la elección directa en su circunscripción electoral, la posibilidad de votar a determinados políticos de forma individualizada. Por regla general la población muestra gran interés por las elecciones. En las elecciones al Bundestag del año 1998 la participación electoral fue del 82,2 por ciento. En las elecciones a los parlamentos regionales y en los comicios municipales la participación electoral fluctúa, aunque suele mantenerse en torno al 70 por ciento.
Miembros y finanzas.
En octubre de 1998 el número de afiliados
a los partidos representados en el Bundestag era el siguiente: SPD 775.400
afiliados; CDU 625.800; CSU 178.900; F.D.P. 68.000; Alianza 90/Los Verdes
50.200; PDS 95.000. Todos los partidos cobran cuotas a sus afiliados. Con
estos recursos sólo cubren parte de sus necesidades financieras.
Tampoco las donaciones de simpatizantes bastan para cubrir sus presupuestos.
Además entrañan el riesgo de que sobre todo los donantes
más pudientes lleguen a influir en la formación de la voluntad
política del partido. Por eso en virtud del nuevo sistema de financiación
de los partidos políticos establecido en la Ley de Partidos Políticos
con efectos a partir del 1 de enero de 1994, los partidos perciben del
Estado anualmente por cada voto válido obtenido en las elecciones
generales, los comicios regionales y las elecciones al Parlamento Europeo
la cantidad de 1,30 marcos hasta un total de cinco millones de votos y
a partir de esa suma un marco por voto. Además se les abonan cincuenta
céntimos por cada marco recaudado a través de las cuotas
de los afiliados o recibido en concepto de donación. Tales sumas
no deben exceder los ingresos anuales generados por el partido respectivo.
Las asignaciones al conjunto de los partidos no deben superar los 230 millones
de marcos (límite máximo absoluto) al año.
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